Juntas
Junta Estatal
La Junta Estatal está compuesta por el Gobernador, dos (2) miembros del Senado y la Cámara de Representantes, representantes de la empresa privada, designados por el Gobernador, de los cuales se elige el presidente, oficiales electros (alcaldes), organizaciones sindicales y comunales, oficiales de instituciones educativas y directores de agencias estatales.
Entre las funciones de esta Junta están: Desarrollar el Plan Estatal y el Informe anual, designación de las Áreas Locales, desarrollo de las fórmulas de distribución de fondos para las actividades de adiestramientos y empleo, desarrollar las medidas de ejecución a nivel estatal.
Junta Local
La Junta Local la componen representantes de la empresa privada designados por la Alcaldesa del Municipio Autónomo de Ponce, de los cuales se elige el presidente, y tienen que ser de los componentes, y miembros de las organizaciones sindicales y comunales, oficiales de instituciones educativas, agencias de desarrollo económico, todos los socios obligados del Centro Gestión Única Laboral/Ponce y otras entidades según la Alcaldesa nomine.
Se realiza entre otras funciones: identificar proveedores para los servicios intensivos, negociar las medidas de ejecución, apoyar a los patronos con servicios relacionados a sus necesidades, dar seguimiento al funcionamiento integrado del sistema local.
Comité Permanente de Jóvenes
El departamento del Trabajo Federal exhorta que las Juntas Locales establezcan un comité que provea asistencia a la Junta con la planificación, operación y otros asuntos relacionados a la prestación de servicios para jóvenes, en el cual se pueden incluir organizaciones de base comunitaria y de fe, con un récord sobresaliente de servicios a los jóvenes. WIOA permite que a la Junta Local designar el Consejo de Jóvenes como el comité si el Consejo cumple con los requisitos de un comité establecidos en la sección 107.